Nombre  Alcance Funciones Integrantes
Consejo Superior Universitario Nivel Nacional Definir las políticas académicas y administrativas y la planeación institucional.
Definir la organización académica, administrativa y financiera de la Institución.
Velar por la marcha de la institución, qué esté acorde con las disposiciones legales, el estatuto general y las políticas institucionales.
Expedir o modificar los estatutos y reglamentos de la institución.
Designar y remover al rector en la forma que prevean sus estatutos.
Aprobar el presupuesto de la institución.
Darse su propio reglamento
Las demás que le señalen la ley y los estatutos.
El Ministro de Educación nacional.
Miembro del sector educativo designado por el Presidente
Un representante de las directivas académicas
Un representante de los profesores
Un representante del sector productivo
Un ex rector universitario
Rector actual, tiene voz, pero no tiene voto

Consejo de Sede Nivel Regional Propender por la integración y adaptación de la Sede a las necesidades regionales y locales y por su internacionalización.
Aprobar la creación, modificación o supresión de los programas académicos y de las unidades académicas y administrativas, cuando ello le sea delegado por el Consejo Superior Universitario o el Consejo Académico, según el caso.
Veeduria sobre los Vicerrectores de Sede y de los Decanos y remitir dicha evaluación al Rector y al CSU.
Hacer cumplir el calendario académico de la Sede de acuerdo con el calendario general anual de la Universidad.
Fijar el número máximo de estudiantes que pueden admitirse en cada programa curricular y para cada período académico,
Disponer las medidas indispensables para la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos definidos a Nivel Nacional y los que, en concordancia con ellos, se adopten para la Sede.
Actuar como última instancia en los asuntos académicos de los docentes y estudiantes susceptibles de apelación.
Proponer la estructura académico-administrativa interna de la Sede y sus modificaciones.
Liderar el proceso de participación de la Sede en la formulación del Plan Global de Desarrollo y del Plan de Acción de la Sede.
Aprobar el Plan de Acción de la Sede, así como establecer y aplicar sistemas de evaluación institucional del mismo.
Consolidar el proyecto de presupuesto de la Sede a partir de las propuestas enviadas por las Facultades, y ajustar el presupuesto de la Sede en armonía con el Presupuesto General de la Universidad.




El Rector, quien lo presidirá.
Los Decanos
Los Directores Académico, de Investigación y de Extensión de la Sede.
Un representante de los Directores de Institutos de Investigación y Centros de Sede elegido por ellos mismos.
Dos (2) profesores asociados.
Dos (2) estudiantes de pregrado.
Un (1) estudiante de posgrado.
Dos (2) representantes de asociaciones o instituciones de reconocida reputación y vinculados a la organización social o productiva
Director de Bienestar de Sede, con voz pero sin voto
Pre Consejo de sede Nivel Regional Estudiar y conceptuar en relación a las solicitudes estudiantiles de competencia del Consejo de Sede.
Llevar a estudio y decisión del Consejo de Sede los asuntos estudiantiles previamente analizados.
El(la) Director(a) de Bienestar Universitario de la Sede.
Dos Decanos(as) de la Sede, designados(as) por el Consejo de Sede.
Un(a) Representante de los profesores ante el Consejo de Sede.
Un(a) Representante de los estudiantes ante el Consejo de Sede.
El(la) Secretario(a) de Sede, quien estará a cargo de la convocatoria a las reuniones
Consejo de Facultad Nivel Facultad  Definir las políticas específicas de la Facultad y recomendar políticas generales para la Universidad y adoptar los reglamentos internos.
Proponer al Consejo Superior Universitario la creación, modificación o supresión de unidades académicas básicas y de las dependencias administrativas que requiera para su funcionamiento.
Proponer la creación, modificación o supresión de programas curriculares de acuerdo con el presente Estatuto y sus reglamentos.
Disponer las medidas indispensables para la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos definidos a Nivel Nacional y de Sede.
Coordinar la elaboración del proyecto de presupuesto de la Facultad.
Primera instancia los asuntos académicos y administrativos de los docentes y estudiantes que no estén atribuidos a otra autoridad universitaria.
Convocar, coordinar y dirigir el proceso de participación de la Facultad en la formulación del Plan Global de Desarrollo, de los respectivos planes de Acción de la Sede y de la Facultad.
Aprobar el Plan de Acción de la Facultad, en armonía con el Plan Global de Desarrollo de la Universidad y el Plan de Acción de la Sede.
Conceptuar sobre los informes de gestión presentados por el Decano, los Directores de los Departamentos, Institutos, Centros y por las demás directivas de la Facultad y recomendar las acciones que considere pertinentes.

El Decano, quien lo presidirá.
El Vicedecano quien lo presidirá en ausencia del Decano.
Un profesor asociado de carrera.
Un estudiante de pregrado.
Un estudiante de posgrado.
Un egresado de la Universidad Nacional de Colombia.
Un profesor asociado de carrera perteneciente a otra Facultad.
Los Directores de Unidades Académicas Básicas. Tres como máximo.
Los Directores de Programas Curriculares. Tres como máximo.
El Director de Bienestar de la Facultad.
Consejo Academico Nivel Nacional Formular y proponer al Consejo Superior Universitario la orientación académica de la Universidad.
Modificar programas de pregrado y posgrado y recomendar al Consejo Superior Universitario la creación o supresión de estos.
Conceptuar ante el Consejo Superior Universitario proyectos de Estatutos General, de Personal Académico y de Estudiantes.
Emitir concepto previo sobre la creación, modificación o supresión de Sedes, Facultades, unidades u organizaciones institucionales para el desarrollo de programas académicos, investigativos y de extensión.
Recomendar, al Consejo Superior Universitario, las propuestas de estructura académico administrativa de las Sedes.
Participar en la formulación del Plan Global de Desarrollo de la Universidad.
Conceptuar sobre distinciones académicas y otorgar las que le correspondan, de acuerdo con los estatutos y reglamentos.
Proponer mecanismos para la organización y desarrollo del sistema propio de autoevaluación y de acreditación de los programas curriculares de la Universidad.
Conceptuar previamente sobre el proyecto de sistema global y flexible de plantas de personal académico.
Las demás previstas en el Decreto Extraordinario 1210 de 1993 o que se definan en los estatutos internos y reglamentos de la Universidad o las que reciba por delegación.
El Rector quien lo presidirá.
Los Vicerrectores.
Los Decanos.
Dos representantes profesorales, de distinta Sede, que tengan al menos la categoría de profesor asociado.
Dos representantes estudiantiles, uno de pregrado y otro de posgrado.




Consejo de Bienestar Universitario Nivel Nacional Evaluar los programas y la estructura del sistema de bienestar universitario y proponer las modificaciones que se estimen convenientes.
Asesorar a los Consejos Superior Universitario y Académico y al Rector en asuntos relacionados con el sistema de bienestar universitario.
Proponer políticas y estrategias de bienestar universitario.
Promover, orientar y coordinar los programas de bienestar, así como reglamentar su organización y funcionamiento.
Desarrollar acciones para gestionar recursos para programas de bienestar.
Las demás que le asigne el Consejo Superior Universitario o le delegue el Rector u otras autoridades, o que se deriven del presente Estatuto o de otras normas internas de la Universidad.
El Vicerrector General, quien lo presidirá.
El Gerente Nacional Financiero y Administrativo.
El Director Nacional de Bienestar Universitario.
Dos Decanos elegidos por el Consejo Académico.
Dos representantes profesorales, de distinta Sede.
Dos representantes estudiantiles, de distinta Sede.
Un egresado elegido por el Consejo Superior Universitario de terna presentada por las asociaciones de egresados legalmente constituidas.